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Se ha realizado una gran labor en cuanto a la realización de auditorías en materia de prevención a nivel físico de la persona que trabaja y de posibles usuari@s. Se debería empezar a ver los resultados de clima laboral, y distintas señales que hacen la intervención a otro nivel. Por lo que se plantea: Desarrollo del procedimiento de valoración y actuaciones en materia de prevención de riesgo psicosocial. Establecer calendario de evaluaciones según procedimiento.
La UNESCO, mediante el Código de Ética Deportiva establece que las organizaciones deportivas tienen la responsabilidad de “velar por la implantación de garantías en el contexto de un marco general de apoyo y protección a menores, jóvenes y mujeres, con objeto de proteger del abuso y acoso sexual a los grupos antes mencionados y de impedir la explotación de los menores, en particular de los que muestren aptitudes precoces".
Con un carácter más transversal, el Convenio del Consejo de Europa para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual, hecho en Lanzarote el 25 de octubre de 2007, supone la adopción de un amplio conjunto de medidas que afectan, tanto a la definición legal de los delitos, como a todo lo relativo a la prevención de la violencia sexual contra niños y niñas.
Implementar la perspectiva de género en la estructura, programas y proyectos que se desarrollen en el ámbito de la actividad física y el deporte.